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Bases de competición y reglamento 2024-2025

1. PARTICIPACIÓN EN LA COMPETICIÓN

1.1. Colegios participantes

La Copa Colegial es un torneo invitacional organizado por la Fundación Baloncesto Colegial dirigido a colegios con los equipos representando a su colegio de forma oficial.

La competición se organiza tanto en categoría masculina como femenina. El número de colegios participantes en cada categoría será decisión de la organización.

Los colegios participantes en ediciones anteriores estarán automáticamente invitados siempre y cuando no fueran descalificados de la competición.

Cada colegio debe facilitar el responsable designado para coordinar su participación en la Copa Colegial así como un teléfono y email de contacto de este responsable.

1.2. Composición de los equipos

Los jugadores de cada equipo colegial han de estar matriculados en el centro al que representan durante el curso escolar 2024-2025 en el momento de la inscripción del equipo. Está prohibido jugar con alumnos no matriculados en dicho centro. En caso de la expulsión definitiva del centro de algún alumno durante el periodo escolar, dicho alumno deberá ser también retirado del equipo.

Todos los jugadores deben haber nacido en el año 2007, 2008 o posteriores.

Cada equipo podrá estar compuesto por un mínimo de 8 y un máximo de 24 jugadores para la competición, excepto en las sedes en las que la organización estipule otra limitación, además de un entrenador y la posibilidad de tres asistentes. El número máximo de jugadores inscritos en el acta de cada partido es de 16.

1.3. Inscripción

La inscripción de los equipos en la competición se realizará a través de la web copacolegial.com. La organización facilitará a cada colegio un usuario y contraseña para acceder a la web y tramitar las inscripciones.

La fecha límite para realizar la inscripción de los equipos será establecida por la organización de la competición en cada sede, antes de la cual, los equipos deben haber completado la inscripción del centro educativo y de los equipos participantes, facilitando todos los datos y material solicitado y haber abonado las cuotas correspondientes por el método de pago que estipule la organización.

Para poder participar en la competición, cada jugador/a inscrito por los colegios debe completar la licencia y autorización del tutor a través de la web en copacolegial.com. Sólo podrán alinearse los jugadores con la licencia realizada y validada por la organización, siendo los únicos que contarán con seguro de accidentes. No se validarán licencias con menos de 72 horas al comienzo de la competición.

Una vez iniciada la competición no se podrán inscribir nuevos jugadores, salvo casos especiales aprobados por el Comité de Competición y en los que se demuestre que el jugador no era elegible al finalizar el período de inscripción. Respecto al staff técnico estos podrán cambiar previo aviso y una vez autorizados por parte de la organización.

1.4. Obligaciones

La inscripción por parte del colegio conlleva la aceptación de las bases de competición, que deben haber sido facilitadas previamente a los colegios.

El colegio y la persona designada por el colegio para realizar la inscripción son los únicos responsables de que todos los datos facilitados para la inscripción sean verídicos y cumplan con las condiciones de participación de la competición.

El incumplimiento de estas normas supondrá la descalificación del Colegio participante, que no podrá ser invitado como mínimo en la siguiente edición.

 

2. SISTEMA DE COMPETICIÓN

2.1. Formato

La Copa Colegial se disputa, tanto en categoría masculina como femenina, con eliminatorias a un solo partido, pudiendo establecer la organización de cada sede, una fase de previa en formato liguilla.

La organización de cada sede puede establecer un sistema de repesca para los primeros eliminados.

2.2. Eliminatorias y cuadro de emparejamientos

La organización de cada sede es responsable de determinar si las condiciones de la competición y los equipos permiten establecer un cuadro de emparejamientos y lugar de juego por sorteo o no.

Siempre que la organización considere que no es factible los emparejamientos por sorteo, estos serán designados teniendo en cuenta los siguientes criterios:

  • Disponibilidad de pista cubierta
  • Coincidencias de equipos masculinos y femeninos
  • Limitaciones de horarios y fechas
  • Ranking en la Copa Colegial
  • Proximidad geográfica

Así mismo, los cuadros definitivos de la competición serán sorteados o establecidos por la organización cuando ésta considere que ya está asegurada la viabilidad de la competición.

2.3. Gran Final

Siempre que la organización de cada sede lo considere viable, las finales de ambas categorías, masculina y femenina, se disputarán en el mismo lugar, una a continuación de otra.

Los colegios que lo deseen pueden presentar su candidatura a ser sede la Gran Final. La organización decidirá el lugar de juego que considere más adecuado teniendo en cuenta los siguientes criterios:

  • Disponibilidad de la instalación
  • Aforo
  • Condiciones y calidad de la instalación
  • Localización y accesos
  • Colaboración del colegio
  • Neutralidad

 

3. DESARROLLO DE LA COMPETICIÓN

3.1. Instalaciones de juego

Todos los partidos de la Copa Colegial se disputarán en pabellón o canchas cubiertas en los colegios designados por la organización, excepto cuando la organización considere que las condiciones climáticas permiten jugar en pista no cubierta.

3.2. Responsabilidades de los equipos

Todos los colegios deben colocar el póster oficial en sus instalaciones y promocionar y difundir entre su alumnos los partidos que el colegio juegue.

Toda los colegios deben acudir a la web oficial de la competición (copacolegial.com) para recibir toda la información relativa a composición de los equipos, partidos y emparejamientos, horarios de juego, resultados, noticias y comunicados de la organización.

Los equipos participantes deben comunicar inmediatamente a la organización cualquier problema o particularidad relacionado con:

  • Fechas de juego
  • Horarios
  • Disponibilidad de instalaciones
  • Incidencias durante los partidos

Los dos equipos deben colaborar en todo lo requerido por el delegado designado por la organización.

El equipo local debe asignar un delegado de equipo y disponer de personal que ayude al correcto desarrollo del partido para:

  • Atender al equipo visitante y al equipo arbitral
  • Atender al delegado de la organización y a los reporteros
  • Anotar las estadísticas durante el partido para luego entregárselas al delegado
  • Ayudar con la tematización del pabellón
  • Prepara todo el material necesario: vestuarios, balones para calentamiento y juego,
  • banquillos, mesa de anotacio n, marcador electro nico, banderines de bonus de faltas, flecha de posesión...
  • Resolver posibles incidencias

El equipo visitante también debe asignar un delegado de equipo.

Ambos delegados de equipo deberán presentarse al delegado de partido, a los equipos, al equipo arbitral y a las aficiones y velar por el buen desarrollo del partido.

Antes de comenzar el partido los dos equipos deberán realizar la foto oficial y la presentación y saludo de todos los jugadores, así como el equipo arbitral.

Al finalizar el encuentro los dos equipos deben saludarse deportivamente, así como al equipo arbitral, y deben realizarse la foto conjunta final junto a los jugadores elegidos como mejores del partido.

Los colegios son los responsables de que el comportamiento de todo su equipo sea correcto y deportivo durante toda la competición.

3.3. Días y horarios de juego

Los partidos se disputarán los viernes por la tarde después del horario escolar, excepto aquellos autorizados por la organización, prevaleciendo siempre los días lectivos a efectos escolares sobre los no lectivos o festivos.

Con el objetivo de confeccionar los calendarios y horarios, los colegios participantes deberán indicar en la inscripción la franja horaria disponible, así como las fechas en las que no dispone de instalación y/o alumnos (viajes escolares, eventos del centro).

Con esta información, la organización establecerá una fecha y hora específica para cada partido. El equipo local confirmará dicha hora de juego durante las siguientes 48 horas desde su clasificación a la siguiente ronda, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

  • Ningún partido podrá ser programado después de las 20:30.
  • En caso de problemas de desplazamiento del equipo visitante, debido a su hora oficial de la salida del colegio, podrá solicitar un margen de 75 minutos respecto a la hora de finalización de las clases.
  • Pueden jugarse los dos partidos a la vez en pistas paralelas, si lo desea el equipo local.

En caso de que alguno de los colegios solicite un aplazamiento, ambos deberán ponerse de acuerdo en la nueva fecha y hora, avisando ambas partes a la organización a través de un correo electrónico al responsable de la competición. Bajo ningún concepto se podrán fijar fechas después de la fecha límite establecida para cada ronda.

En general la organización podrá autorizar partidos en fechas y horarios fuera de los criterios indicados siempre que ambos colegios estén de acuerdo.

En el caso de que ambos colegios no se pongan de acuerdo con la fecha se respetará la fecha establecida por la organización y el horario confirmado por el equipo local, salvo en aquellos casos en los que el colegio solicitante hubiera comunicado en la inscripción de los equipos su no disponibilidad en dicha fecha. En estos casos, será la organización quien ha de establecer una nueva fecha de juego que garantice el partido.

3.4. Delegado de partido

En cada partido de la Copa Colegial habrá un delegado de partido designado por la organización y que son la máxima autoridad durante ese partido.

Sus responsabilidades serán:

  • Presentarse como delegado de la Copa Colegial a los responsables de ambos colegios, al equipo arbitral, fotógrafo y reportero designados por la organización.
  • Acudir con toda la documentación necesaria: plantillas de los equipos, actas de partido y hojas de estadísticas.
  • Supervisar la correcta colocación y proporción de todos los elementos publicitarios en la instalación.
  • Asegurar la presencia del fotógrafo y reportero designados por la organización así como de la persona responsables de las estadísticas.
  • Asegurar que antes de comenzar el partido se realizan correctamente las fotos oficiales de cada equipo y la presentación de todos los jugadores y el equipo arbitral.
  • Resolver cualquier incidencia durante el partido.
  • Tratar que los horarios se cumplan, y no se produzcan retrasos innecesarios.
  • Informar del desarrollo del partido en las redes sociales.
  • Asegurar que al finalizar el partido se realizan la foto conjunta de los dos equipos junto con
  • los dos jugadores elegidos como los mejores del partido.
  • Coordinar con el fotógrafo y reportero la posibilidad de realizar algún vídeo o entrevista.
  • Comunicar el resultado del partido inmediatamente al responsable de la competición y si
  • es posible publicarlo en el momento en la web o redes sociales.
  • Guardar el acta de partido y la hoja de estadísticas.
  • Enviar una copia (fotografía) del acta del partido y de la hoja de estadísticas al responsable de la competición y al reportero.

3.5. Delegado de equipo

En cada partido de la Copa Colegial habrá dos delegados de equipo, cada equipo deberá designar una persona que representará a su colegio durante el partido.

Esta figura deberá identificarse y ponerse en contacto con el Delegado de partido antes de comenzar el mismo, y, junto a él, velará por el buen desarrollo de la competición.

Sus responsabilidades serán:

  • Presentarse como delegado de equipo al delegado de partido, a los responsables de ambos colegios, al equipo arbitral, fotógrafo y reportero designados por la organización.
  • Apoyar ante cualquier incidencia durante el partido.
  • Supervisar el correcto comportamiento de su afición durante el partido.
  • Intervenir si fuese necesario ante alguna situación conflictiva durante el partido.
  • Informar de cualquier incidente al delegado de partido que a su vez informará a la organización.

3.6. Comunicación e información de la competición

Toda la comunicación e información sobre la competición (composición de los equipos, partidos y emparejamientos, horarios de juego, resultados, noticias, comunicados de la organización) serán publicados en la web oficial de la competición (copacolegial.com), siendo responsabilidad de todos los colegios estar informado de ello.

Para comunicaciones urgentes e importantes el responsable de la organización y los responsables designados por los colegios se comunicarán por teléfono y email.

3.7. Balón de juego y equipamiento

Si la organización designa un balón de juego oficial, será responsabilidad del equipo local disputar el encuentro con un balón que cumpla las disposiciones de la organización y del reglamento. Si no hubiera balón de juego oficial designado, el árbitro principal del encuentro elegirá el balón de juego entre los que le ofrezca el equipo local, respetando lógicamente los diferentes tamaños para categoría masculina y femenina.

Los jugadores deberán ir perfectamente equipados, llevando todos la misma equipación de juego: camiseta, pantalón y el chándal del colegio u otra prenda que lo sustituya. La camiseta de juego irá por dentro del pantalón.

Siempre que sea posible los entrenadores y asistentes deben ir uniformados con prendas oficiales del colegio.

Todos los jugadores deberán durante el calentamiento la camiseta oficial de la Copa Colegial, que será entregada por la organización a los colegios antes del arranque de la competición.

3.8. Reglamento y arbitraje

Los partidos de la Copa Colegial se regirán por el reglamento de la Federación Española de Baloncesto en categoría junior, con las siguiente excepciones:

  • La duración de los cuartos será de 8 minutos a reloj parado.
  • En caso de empate el tiempo adicional será de 3 minutos a reloj parado.
  • Se aplicará la regla de saque rápido en campo defensivo tras violación o fuera, sin ser necesario que el árbitro toque el balón. Se aplicará a lo largo de todo el partido, salvo en los dos últimos minutos de partido y la prórroga.
  • Cada vez que se sancione una falta con lanzamiento de tiros libres, el primero de los que se lancen tendrá el valor del total de tiros que se debían lanzar. En caso de anotarlo, los restantes no se lanzarán. En caso de fallar, se lanzará el siguiente con la puntuación restante, y así sucesivamente. Es decir, si la falta era en un tiro de 2 puntos, el tiro libre valdrá 2 puntos, si se falla se lanzará un segundo que valdrá un punto. En una falta en un lanzamiento triple, el tiro libre vale 3 puntos, si se falla se lanza un segundo que vale 2 puntos y se falla también se lanza un último con valor de 1 punto. Esta regla aplicará durante todo el partido a excepción de los dos últimos minutos del partido y la prórroga en los que se aplicará la normativa anterior.

Los árbitros de la Copa Colegial serán designados por la organización y las federaciones autonómicas.

Cualquier comportamiento irrespetuoso por parte de los equipos o aficionados hacia el estamento arbitral será sancionado por la organización, pudiendo detener el desarrollo del partido cuando se considere oportuno.

3.9. Trofeos y galardones

Jugadores del partido: En todos los partidos de la Copa Colegial se eligen un jugador de cada equipo como los dos mejores jugadores del partido.

Jugadores de la semana: Entre todos los elegidos como jugadores del partido, cada semana se elige a un jugador y una jugadora como Jugadores de la semana.

Campeón y subcampeón de la Copa Colegial: El equipo campeón de la Copa Colegial en cada sede recibe el estandarte exclusivo de campeones, trofeo de campeón y medallas para los jugadores. El equipo subcampeón recibe también trofeo y medallas para los jugadores.

MVPs de la Copa Colegial: Una vez finalizadas las finales se eligen al jugador y jugadora más valioso de la competición en cada sede como MVP de la Copa Colegial, que recibe el trofeo de MVP.

Mejores quintetos de la Copa Colegial: Pasada la competición, la organización de cada sede selecciona los mejores jugadores y jugadoras como candidatos a formar los mejores quintetos. A través de votación popular en la web y de los votos de un comité deportivo designado por la organización se eligen 4 jugadores y 4

jugadoras que junto a los MVPs de la competición son elegidos como Mejores quintetos de la Copa Colegial.

BSAA Mejor Jugador-Estudiante: Este premio reconoce al jugador y jugadora que mejor han sabido compaginar el rendimiento académico con el rendimiento en la cancha de juego. La presentación oficial de candidatos la hará el propio colegio, que tendrá que facilitar las calificaciones académicas en el presente y anterior curso.

Los ganadores serán elegidos por un comité designado por la organización.

3.10. Publicidad y derechos de imagen

Los colegios en los que se disputen partidos o se realice cualquier actividad de la competición deberán permitir la colocación de material publicitario y la realización tanto de actividades de promoción como informativas durante el desarrollo de la competición. Los patrocinadores de la competición y los terceros aprobados por la organización podrán hacer actividades de promoción y publicidad, incluido muestreo de productos alimenticios o de marketing y realización de sorteos y premios, durante los eventos.

Durante los partidos de la Copa Colegial no se admitirá la presencia de publicidad ajena a la organización, excepto aquella aprobada por la organización.

La Fundación Baloncesto Colegial es la propietaria de las imágenes tomadas por la organización durante los partidos y actividades de la competición. Estas imágenes pueden ser utilizadas por la organización con la única finalidad de informar, promover y difundir el evento, y nunca con fines publicitarios. Con la inscripción en la competición, el colegio, a través de la persona responsable para ello, consiente expresamente y autoriza a la Fundación Baloncesto Colegial para el uso de las imágenes según las finalidades expuestas.

 

4. REGLAMENTO DISCIPLINARIO

4.1. Organismos

Artículo 1.- La Fundación Baloncesto Colegial ejercerá la potestad disciplinaria cuando se trate de competiciones de carácter propio, sin perjuicio de las competencias que se puedan asumir en esta materia sobre las competiciones delegadas por la Federaciones autonómicas o nacional.

Artículo 2.- La potestad disciplinaria de la Fundación Baloncesto Colegial corresponde a los Árbitros durante el desarrollo de los encuentros conforme a las reglas del Baloncesto, al Comité de Disciplina y al Comité de Apelación.

El Comité de Disciplina estará formado entre tres y cinco miembros de la Fundación Baloncesto Colegial. Ningún miembro del Comité puede estar presente en la investigación y potestad disciplinaria a cerca de un Colegio con el que tenga relación directa vigente.

La potestad disciplinaria deportiva atribuye a sus titulares legítimos las facultades de investigar y, en su caso, sancionar o corregir a las personas o colegios sometidos a la disciplina deportiva, en el marco de sus competencias.

4.2. Objetivos y disposiciones generales

Artículo 3.- Las sanciones tienen carácter educativo, preventivo y correctivo, y su imposición tendrá siempre como finalidad la defensa del interés general y el prestigio del baloncesto colegial. En la aplicación de las sanciones se tendrá en cuenta, principalmente, la intencionalidad del infractor y el resultado de la acción u omisión.

Artículo 4.- En ningún caso podrán ser sancionadas las acciones u omisiones no tipificadas como infracción disciplinaria en el presente Reglamento. Además de la imposibilidad de poder ser sancionado dos veces por el mismo hecho.

Artículo 5.- No podrá imponerse sanción alguna que no se encuentre establecida con anterioridad a la comisión de la falta correspondiente. No obstante, las disposiciones disciplinarias tendrán efecto retroactivo en cuanto favorezcan a los inculpados.

Artículo 6.- Las infracciones deportivas pueden ser muy graves, graves o leves.

Artículo 7.- En ningún caso, podrán imponerse simultáneamente dos sanciones por el mismo hecho, excepto cuando una de ellas sea la de multa, y se imponga como accesoria, o bien cuando fuesen distintos los hechos imputados objeto de sanción.

Artículo 8.- Si de un mismo hecho se derivasen dos o más faltas, o estas hubiesen sido cometidas en una misma unidad de acto, se impondrá la sanción correspondiente a la falta más grave en su grado máximo, hasta el límite que represente la suma de las que pudieran imponerse al sancionar separadamente las faltas.

Artículo 9.- La suspensión puede ser por un determinado número de encuentros o jornadas, o por un periodo de tiempo.

La suspensión por un determinado número de encuentros o periodo de tiempo se impondrá exclusivamente a los jugadores, entrenadores y asistentes de equipo, salvo la inhabilitación a perpetuidad y para el caso establecido en el artículo 10.

La suspensión por un determinado número de jornadas o período de tiempo se impondrá exclusivamente a los Coordinadores deportivos o Delegados de campo.

Artículo 10.- La sanción de suspensión por un determinado número de encuentros, jornadas o tiempo concreto implica la prohibición de alinearse o intervenir en tantos de aquellos encuentros o jornadas oficiales siguientes a la notificación del fallo, como abarque la sanción, por el orden en que tengan lugar, aunque por alteración del calendario, aplazamientos o suspensión de algún encuentro hubiera variado aquél.

El primer partido, día (si es por un periodo de tiempo) o jornada de aplicación de la sanción será el inmediato a la notificación del fallo, salvo suspensión de su ejecución acordada por los órganos disciplinarios.

Artículo 11.- Cuando un Jugador, Entrenador, Asistente de equipo, Coordinador Deportivo, Delegado de Campo o cualquier tipo de Acompañante sea objeto de expulsión o figure en el acta de juego con falta descalificante, se iniciará el procedimiento, entendiéndose concedido el trámite de audiencia en relación con los hechos reflejados en el acta del encuentro, mediante el conocimiento del contenido de ésta por los interesados.

Artículo 12.- Si el suspendido no cumpliese la sanción dentro de la temporada habrá de hacerlo en la siguiente o siguientes, computándose el tiempo en ellas desde el momento en que comience la competición en que participaba hasta aquel en que la misma finalice.

La Fundación Baloncesto Colegial suspenderá la/s licencia/s hasta el cumplimiento total de la sanción.

Artículo 13.- Las sanciones de suspensión o inhabilitación incapacitan, no sólo en la condición por la que fueron impuestas, sino también para el desarrollo de cualquier otra actividad de carácter deportivo relacionada con el baloncesto, en el ámbito de la Fundación Baloncesto Colegial, con la salvedad de aquellas sanciones que, por la concurrencia de circunstancias excepcionales, impongan la inhabilitación especial para realizar la función en cuyo desarrollo fue cometida la infracción sancionada.

Artículo 14.- Existirá un registro de sanciones, a los efectos de la posible apreciación de causas modificativas de la responsabilidad y del cómputo de los plazos de prescripción de las sanciones. El plazo de prescripción de las sanciones será de una temporada completa sin sanciones. Si cada temporada un colegio obtiene una sanción, el historial de sanciones seguirá vigente, aplicándose la regla de reincidencia. 

Artículo 15.- Cuando el Órgano competente acuerde sancionar con la pérdida del encuentro, el resultado de éste será de 20-0 si el equipo al que se le imponga la sanción fuera el vencedor, ya sea al final o en el momento de producirse la interrupción. En caso de que al equipo al que se le imponga la sanción fuera el perdedor se procederá a homologar el resultado, salvo que el tanteo sea inferior a una diferencia de 20 puntos, en cuyo caso se procederá a otorgar el resultado de 20-0.

Artículo 16.- Los Colegios son los directos responsables del buen orden y desarrollo de los encuentros y del comportamiento de sus jugadores, entrenadores, asistentes de equipo y demás personas vinculadas al mismo.

Artículo 17.- La sanción de clausura del terreno de juego a un determinado Colegio podrá implicar la prohibición de utilizar el mismo por parte del equipo que tenga el Colegio sancionado para disputar cualquier encuentro de competición oficial durante el número de jornadas que abarque la sanción impuesta.

Si un mismo terreno de juego es utilizado oficialmente en categoría masculina y femenina, la clausura del mismo sólo afectará al equipo del Colegio sancionado o a los encuentros de los que éste fuera organizador.

Artículo 18.- La sanción de clausura del terreno de juego podrá ser sustituida por el Comité de Disciplina en atención a las circunstancias que concurran por la de jugar sin asistencia de público a puerta cerrada.

Artículo 19.- Son circunstancias eximentes el caso fortuito, la fuerza mayor y la legítima defensa para evitar una agresión.

Artículo 20.- Son causas de extinción de la responsabilidad disciplinaria deportiva:

a) El fallecimiento del inculpado o sancionado.

b) La disolución del Colegio.

c) El cumplimiento de la sanción.

d) La prescripción de las infracciones o de las sanciones impuestas.

Artículo 21.- Son circunstancias atenuantes:

a) El arrepentimiento espontáneo.

b) La provocación previa e inmediata.

c) El no haber sido sancionado el infractor, con anterioridad.

Artículo 22.- Son circunstancias agravantes:

a) La reincidencia. Existe reincidencia cuando el autor de una infracción haya sido sancionado mediante resolución firme en vía administrativa, durante el último año, por una infracción de la misma o análoga naturaleza.

b) La trascendencia social o deportiva de la infracción.

c) El perjuicio económico causado.

d) La existencia de lucro o beneficio a favor del infractor o de tercera persona.

e) La concurrencia en el infractor de la cualidad de autoridad deportiva o cargo directivo.

En todo caso estas circunstancias no podrán ser consideradas como agravantes cuando constituyan un elemento integrante del ilícito disciplinario.

Artículo 23.- Cuando no concurrieren circunstancias atenuantes ni agravantes, el Comité de Disciplina, teniendo en cuenta la mayor o menor gravedad del hecho, impondrá la sanción en el grado que estime conveniente, igualmente el Comité de Disciplina valorará razonablemente la incidencia que las circunstancias agravantes y atenuantes deben tener para la determinación de la sanción a imponer.

Cuando se presenten circunstancias atenuantes y agravantes se compensarán racionalmente, según su entidad, para determinar la sanción.

Los órganos disciplinarios deportivos, además de los criterios establecidos en los artículos anteriores, valorarán para la determinación de la sanción aplicable, el resto de circunstancias que confluyen en la comisión de la falta y, específicamente, la concurrencia en el inculpado de singulares responsabilidades, conocimientos o deberes de diligencia de carácter deportivo, así como las consecuencias de la infracción cometida.

Artículo 24.- Son autores de la falta los que la llevan a cabo directamente, los que fuerzan o inducen directamente a otro a ejecutarla y los que cooperen a su ejecución eficazmente, incluso actuando como meros espectadores.

Artículo 25.- En la apreciación de las infracciones, las declaraciones del árbitro en el Acta o en informes adjuntos se presumen ciertas, salvo error material manifiesto. Así mismo las actas suscritas por los árbitros y en su caso los anexos ampliatorios, constituirán medio documental necesario, con el conjunto de la prueba, de las infracciones imputadas.

Artículo 26.- Como norma general, exceptuando las infracciones que sean lo suficientemente graves como para sancionar directamente , la primera infracción de cada colegio se les dará un aviso de apercibimiento, en el que se informará a los infractores de la situación para poder solucionar el conflicto. Como segunda medida a la segunda infracción, se les dará un apercibimiento a los colegios cuando sea reincidente. A partir de la tercera infracción ya existirá una sanción que irá acorde al hecho y reincidencia del colegio infractor.

Artículo 27.- Los informes elaborados por los árbitros al término de cada partido serán la principal fuente de información para la evaluación de posibles sanciones. Dichos informes detallarán cualquier incidencia relevante, sirviendo como base para la toma de decisiones por parte del comité de disciplina.

4.3. Tipos de infracciones

Las infracciones se clasifican en tres grupos según el grado de importancia: muy graves, graves y leves.

También se clasificarán en tres grupos en función del autor de la propia infracción, puesto que hay algunas infracciones que sólo afectan a un grupo determinado dentro de la actividad deportiva. Se clasificarán en: equipos (jugadores, entrenadores y asistentes) y colegios (coordinadores, delegados y el propio colegio).

Artículo 28.- Infracciones de carácter muy grave.

a) Equipos: 

Agresiones, amenazas, insultos y cualquier acto que suponga la suspensión del partido. 

La no presentación por parte de un equipo o el abandono del mismo. 

La reiteración de una falta grave.

b) Colegios: 

Agresiones, amenazas, insultos y cualquier acto que suponga la suspensión del partido. 

La introducción de jugadores que no son alumnos o no cumplen con la edad requerida. 

La reiteración de faltas graves se consideran faltas muy graves. 

La no presentación de manera intencionada a un partido. 

La expulsión de la grada al completo por parte del equipo arbitral.

Artículo 29.- Infracciones de carácter grave.

a) Equipos: 

Atentar contra el mobiliario. 

Interrupción del encuentro. 

Quebrantamiento de faltas leves. 

No hacer caso a las advertencias del colectivo arbitral o del delegado de campo. 

La consecución de una falta descalificante en el partido. 

Dirigirse a la grada de una manera agresiva o con gestos.

b) Colegios: 

Atentar contra el mobiliario.

Interrupción del encuentro. 

Quebrantamiento de faltas leves. 

No hacer caso a las advertencias del colectivo arbitral o del delegado de campo. 

No presentar un delegado de campo se considera una falta grave.

Expulsión por parte del equipo arbitral de algún integrante de la grada.

Artículo 30.- Infracciones de carácter leve.

a) Equipos: 

No presentarse a tiempo para un partido. 

Alentar a la grada a quejarse sobre el equipo arbitral. 

No mostrar respeto por el equipo contrario al acabar los partidos.

b) Colegios: 

No informar de los aforos permitidos por parte del equipo local. 

No tener medidas de prevención antes, durante y después de los partidos.

No reservar plazas de grada diferenciadas y separadas para el equipo visitante. 

No tener una pista con dimensiones adecuadas en la que la afición pueda invadir el campo. 

La pertenencia de bebidas alcohólicas por parte del público.

4.4. Tipos de sanciones

Artículo 31.- Las sanciones que pueden imponerse con arreglo al presente Reglamento, por razón de las faltas en él previstas, son las siguientes:

a) A los equipos: Jugadores, Entrenadores y Asistentes de Equipo.

Aviso de apercibimiento.

Apercibimiento.

Amonestación pública.

Suspensión de partidos.

Descalificación en la competición

Descalificación en la siguiente temporada.

b) A los Colegios: Coordinadores y Colegios.

Aviso de apercibimiento.

Apercibimiento.

Amonestación pública.

Celebración de la prueba o competición a puerta cerrada.

Clausura temporal del terreno de juego.

Pérdida del encuentro, o en su caso, eliminatoria.

Descalificación de la competición.

Descalificación en la siguiente temporada.



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